¿CARCEL POR DEUDAS ? La Peligrosa Realidad.
- diego rodriguez
- 11 sept
- 4 Min. de lectura
Imagine este escenario:
usted, como empresario diligente, presenta su declaración de retención en la fuente puntualmente. Sin embargo, debido a una crisis de liquidez inesperada —el impago de un cliente importante o un gasto imprevisto—, no logra realizar el pago a la DIAN en la fecha límite. Usted asume que es una deuda que generará intereses y que podrá saldar después. Pero, ¿y si le dijera que para las autoridades, ese simple acto de declarar sin pagar podría ser suficiente para iniciar un proceso penal en su contra, con riesgo real de prisión?
la ley exige que, para condenar a alguien, se demuestre su intención de cometer un delito. Sin embargo, en la práctica fiscal, vemos una tendencia alarmante y peligrosa: en casos de omisión de agente retenedor, a menudo se asume la culpabilidad con la simple prueba de la declaración y la ausencia del pago. Esta distorsión de la justicia pone en grave peligro su patrimonio, su reputación y su libertad. Una defensa legal a tiempo no es una opción, es una necesidad crucial.
El Peligro Oculto: ¿Qué es el Delito de Omisión de Agente Retenedor?
En términos sencillos, cuando su empresa o empresario paga vende o compra un bien o un servicio , la ley le obliga a "retener" una parte de ese dinero para entregárselo directamente al Estado a través de la DIAN. En ese momento, usted se convierte en un agente retenedor: un recaudador de impuestos en nombre del gobierno.

El delito se configura cuando usted, habiendo retenido ese dinero, no lo entrega a la DIAN dentro de los plazos establecidos. El problema fundamental, y donde reside el mayor riesgo, es cómo se prueba. Teóricamente, la Fiscalía debería demostrar que usted tuvo la intención dolosa de apropiarse de esos fondos públicos. Sin embargo, en la práctica, muchos funcionarios consideran que la presentación de la declaración es una confesión de haber retenido el dinero, y el no pago es la prueba del delito.
Esta lógica crea una presunción de culpabilidad que choca directamente con los principios fundamentales de la justicia. Lo dejan a usted, el empresario, con la difícil tarea de demostrar su inocencia y la ausencia de mala fe.
Señales de Alerta: ¿Cómo Saber si Está en Riesgo?

La puerta a una investigación penal puede abrirse de formas que parecen simples trámites administrativos. Preste especial atención si se encuentra en alguna de estas situaciones:
Notificaciones "Persuasivas" de la DIAN: Recibe comunicaciones invitándolo a ponerse al día con sus obligaciones.
Requerimientos Formales: La autoridad tributaria le solicita explicaciones formales sobre el no pago de las retenciones declaradas.
Problemas de Flujo de Caja: Su empresa enfrenta tensiones de liquidez que le impiden cumplir con los pagos a la DIAN, aunque las declaraciones estén presentadas.
Acumulación de Deudas: Tiene varios periodos de retenciones declaradas y no pagadas.
Inicio de un Proceso: La DIAN ya ha iniciado acciones para embargar sus bienes y cuentas por la deuda. Este suele ser el paso previo al aviso penal.
Cualquiera de estas señales es un foco rojo que indica la necesidad inmediata de buscar una asesoría legal tributaria especializada.
La Estrategia Defensiva: ¿Por Qué Necesita un Abogado Penalista Tributario?
En esta etapa, su contador es vital para los números, pero no puede defenderlo en un proceso penal. Usted no enfrenta un problema contable; enfrenta una acusación criminal. La diferencia es abismal.
En RODRIGUEZ Y MARTINEZ, nuestra estrategia de defensa se enfoca precisamente en atacar la peligrosa presunción de culpabilidad que mencionamos. No nos quedamos en el simple hecho del "no pago". Nuestra labor es:
Demostrar la Ausencia de Dolo: Construimos un caso sólido para probar que el no pago no fue un acto intencional de apropiación, sino el resultado de circunstancias ajenas a su voluntad (una crisis de liquidez demostrable, el impago de un cliente clave, un error de terceros, etc.).
Negociación Estratégica: Intervenimos ante la DIAN y la Fiscalía en etapas tempranas para buscar soluciones, acuerdos de pago y la terminación del proceso penal antes de que escale a juicio.
Defensa Técnica en Juicio: Si el caso llega a los estrados, defendemos vigorosamente sus derechos, asegurando que se respete el principio de presunción de inocencia y que la Fiscalía cumpla con su deber de probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.
Luchamos contra la distorsión de la justicia material, exigiendo que se valoren todos los elementos y no solo el hecho objetivo del no pago.

Como hemos visto, la simple presentación de una declaración de retención sin su correspondiente pago puede activar un proceso penal con consecuencias nefastas. La práctica de asumir la culpabilidad sin probar la intención de defraudar es un riesgo latente para cualquier empresario.
Pensemos en el caso de una empresa que, por un retraso en los desembolsos de un proyecto, no pudo transferir las retenciones a tiempo. Sin una defensa legal que acreditara esa crisis de liquidez y la ausencia de mala fe, sus directivos se enfrentaron a un proceso penal basado únicamente en el no pago. Este es el escenario exacto que una asesoría experta previene y revierte.
Su patrimonio y su libertad están en juego. No afronte esta situación solo. Contáctenos hoy mismo y permita que nuestro equipo de expertos en RODRIGUEZ Y MARTINEZ diseñe su estrategia de defensa.
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